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IVA reducido al 5,5 %: condiciones y zonas

Fachada de un edificio nuevo con llaves y contrato firmado

El IVA reducido al 5,5 % es un dispositivo de acceso a la propiedad poco conocido pero potente: permite comprar su vivienda principal de obra nueva a un precio notablemente reducido, en barrios en renovación urbana. Estas son las condiciones y cómo funciona.

En resumen

El IVA pasa de 20 % a 5,5 % para la compra de una vivienda nueva como residencia principal situada en zona ANRU o en un barrio prioritario de la ciudad (QPV), o en un perímetro de 300 m alrededor, sujeto a condiciones de recursos y con una tenencia mínima de 10 años.

¿Para quién?

El dispositivo va dirigido a primeros compradores y a personas con recursos modestos que desean comprar su vivienda principal de obra nueva en un barrio afectado por la renovación urbana. Es un impulso al acceso a la propiedad en zonas en transformación.

Las condiciones que hay que reunir

  1. Una vivienda nueva, que se convierte en su residencia principal.
  2. Una ubicación en zona ANRU o QPV (o en un perímetro de 300 m alrededor).
  3. El respeto de los límites de recursos.
  4. Una tenencia mínima de 10 años como residencia principal.
  5. Una construcción conforme a la RE2020.

El tipo: 5,5 % en lugar de 20 %

SituaciónTipo de IVA
Acceso a la propiedad como residencia principal en zona ANRU/QPV5,5 % (sujeto a condiciones)
Compra de obra nueva estándar20 %

El tipo reducido se aplica al precio de la vivienda, en sustitución del tipo normal, lo que supone una reducción sensible del coste de adquisición.

El compromiso de tenencia de 10 años

Es la contrapartida clave: debe conservar el inmueble como residencia principal durante al menos 10 años. En caso de venta antes de ese plazo, se debe un complemento de IVA, correspondiente a la diferencia entre 20 % y 5,5 %, es decir, 14,5 %, decreciente tras el año 5. Este compromiso debe integrarse en su proyecto de vida.

La acumulación con el PTZ: la combinación adecuada

El IVA al 5,5 % y el préstamo a interés cero son dos ventajas distintas que pueden acumularse para la compra de una residencia principal de obra nueva que cumpla los requisitos: un precio de adquisición reducido por un lado, una financiación sin intereses por otro. Es un instrumento de acceso a la propiedad especialmente interesante, aunque debe validarse caso por caso, ya que cada dispositivo mantiene sus propias condiciones.

Que no se confunda: acceso a la propiedad al 5,5 % y PLS

El IVA al 5,5 % en acceso a la propiedad se refiere a su residencia principal. No debe confundirse con el PLS (Préstamo Locativo Social), que financia la inversión en alquiler social o intermedio, con sus propias reglas (alquileres y recursos de los inquilinos limitados). Son lógicas diferentes: un asesor le orientará según su proyecto.

Conclusión

El IVA reducido al 5,5 % hace la obra nueva notablemente más accesible en los barrios afectados, sobre todo combinado con el PTZ. A cambio, el compromiso de tenencia de 10 años estructura su proyecto. Verifique la zonificación precisa (el perímetro depende a veces de unos pocos metros) y los topes con un asesor antes de comprometerse.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IVA reducido al 5,5 % en la obra nueva?
Se trata de un tipo de IVA del 5,5 % (en lugar del 20 %) aplicable, bajo condiciones, a la compra de una vivienda nueva como residencia principal situada en zona ANRU o en barrio prioritario de la ciudad (QPV), o en un perímetro de 300 m alrededor.
¿Qué zonas son elegibles para el IVA reducido?
Las zonas ANRU y los barrios prioritarios de la ciudad (QPV), así como un perímetro de 300 m alrededor. El perímetro exacto se verifica programa por programa.
¿Cuál es el período de tenencia exigido?
Debe conservar la vivienda como residencia principal durante al menos 10 años. En caso de venta antes de ese plazo, se debe un complemento de IVA correspondiente a la diferencia del 14,5 % entre el 20 % y el 5,5 %, decreciente tras el año 5.
¿Es compatible el IVA reducido con el PTZ?
Sí: el IVA del 5,5 % y el préstamo a tipo cero son dos ventajas distintas que pueden combinarse en la compra de una residencia principal nueva elegible, sujeto a las condiciones de cada una.
¿Qué diferencia hay entre el IVA del 5,5 % en accesión y el PLS?
El IVA del 5,5 % en accesión se refiere a la compra de su residencia principal en zona ANRU/QPV. El PLS se refiere a la inversión en alquiler social o intermedio, con sus propias reglas. No deben confundirse ambos.

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